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Safety emergency plan

La autoprotección es el conjunto de mesuras (procedimentos, sistemas y organización) implantadas en un determinado ámbito (edificios, instalaciones, núcleos habitados, solares, actividades, centros, etc) expuesto a una o varias situaciones de riesgo, destinadas a prever, prevenir y controlar el riesgo, dar respuesta adecuada a las emergencias y garantizar la integración de estas actuaciones a las del sistema público.

El Decreto 82/2010, de 29 de junio, por el cual se aprueba el catálogo de actividades y centros obligados a adoptar medidas de autoprotección y se fija el contenido de estas medidas, es un reglamento ejecutivo o de desarrollo de la Lei 4/97 de protección civil de Cataluña.

El decreto afecta, por lo tanto, a las activitades susceptibles de generar una emergencia de protección civil; y clasifica estas activitades en dos grupos básicos ordenados de mayor a menor riesgo. 

El plan de autoprotección ha de ser elaborado y firmado por personal técnico competente por dictaminar sobre esos aspectos relacionados con la autoprotección delante de los riesgos a los que esté sujeta la actividad o centro.

Listado de ITOPS competentes y acreditados por la Generalitat para la elaboración de planes

Si deseas acreditarte, primero lo has de tramitar a través de la Generalitat y después para estar en la lista del CETOP has de rellenar este formulario.

Preguntas más frecuentes

 

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