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Obligación de incorporación al Sistema RED de la SS a los trabajadores autónomos

La Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo, da un plazo máximo de seis meses para que los autónomos fuera del sistema RED se den de alta en el mismo.

Los trabajadores por cuenta propia tienen un plazo máximo de seis meses, a contar desde el 1 de marzo, para darse de alta en el Sistema RED. La Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo obliga a todos los trabajadores autónomos a incorporarse a este sistema.

Los trabajadores por cuenta propia tienen hasta el último día del mes de agosto para dar cumplimiento a la Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo. Para ello tendrán que presentar en la Tesorería General una fotocopia del DNI, la documentación que acredite que está dado de alto como autónomo y una solicitud de autorización para acceder al sistema.

El Sistema RED es un servicio que ofrece la Tesorería General de la Seguridad Social tanto a empresas como a profesionales. A través de este servicio, los usuarios y la Seguridad Social pueden intercambiar información sin necesidad de tener que hacerlo físicamente.

El Sistema RED es una herramienta que permite agilizar los trámites del autónomo con la Tesorería General de la Seguridad Social. Entre las gestiones que se pueden llevar a cabo destacan la gestión de autorizaciones, la afiliación, trámites con el Instituto Nacional de la Seguridad Social y los documentos de cotización.

El trabajador autónomo que se haya dado de alta en dicho sistema, solo necesitará tener conexión a Internet para acceder a documentos de afiliación, cotización o partes médicos.

*Información facilitada gracias al Bufete Escura

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