Lista de peritos judiciales y colegiados de turno

Como cada año, se ha iniciado el proceso de actualización de las listas de colegiados que están dispuestos a actuar como profesionales liberales, dentro del turno establecido en el Colegio, y como peritos judiciales ante los órganos judiciales de Cataluña.

Si deseas estar incluido en todas o en alguna de estas listas debes inscribirte antes del día 20 de diciembre de 2023.

Si estás inscrito de otros años y ya no quieres actuar como perito, accede a tus datos y elimina la inscripción. Porque si sales escogido/escogida y renuncias, puedes percibir una sanción. Revisa tus datos!!.

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN

Para inscribirse sólo tienes que acceder a tus datos personales que se encuentran en el Área Restringida, una vez registrado, las editas, compruebas que la dirección, mail y teléfono están actualizados, y rellenas el apartado de Peritos judiciales.

Antes de hacer o renovar tu inscripción, es muy importante que revises la siguiente información:

  • Esta actualización es para la lista que prevé la Ley de Enjuiciamiento Civil, (LEC) arts. 341 y ss.) y para atender los supuestos de la Orden JUS / 419/2009 (supuestos de oficio i justicia gratuita).
     
  • La inclusión en las listas de peritos es totalmente voluntaria pero, desde el momento en que un profesional se inscribe, está sujeto a la posibilidad de ser llamado por un órgano jurisdiccional del ámbito donde ha declarado su voluntad de trabajar.
     
  • La indicación del ámbito territorial de actuación de los peritos se realizará en función de su domicilio profesional y, por tanto, el desplazamiento no debe ser un impedimento para la aceptación del encargo (tanto en los supuestos de los ArtX 341 y siguientes de la LEC, como de la Orden JUS / 419/2009).
     
  • Sólo podrá excusar el nombramiento por las causas establecidas en la LEC.
     
  • En caso de que el perito no acepte el nombramiento del órgano judicial, sin causa justificada, perderá el turno de la lista y, en caso de reincidencia (en la tercera vez), será excluido. En cuanto a los efectos procesales, el juzgado puede tomar medidas como aplicar multas de hasta 600 €.
     
  • Cuando por alguna determinada circunstancia y de manera temporal, un perito no pueda aceptar los nombramientos judiciales (como por baja laboral, mucha carga de trabajo, jubilación, etc.), es necesario que lo notifique al Colegio para poder comunicar al Departamento de Justicia para evitar retrasos en el funcionamiento de los juzgados.
     
  • Que la dirección que se informe en la lista debe ser necesariamente la correspondiente a su domicilio profesional.
     
  • Que sólo podrá marcar las especialidades y subespecialidades que correspondan a nuestra titulación, así como las especialidades de tipo general que no están vinculadas a una titulación específica y que están relacionadas con su ámbito de actuación (prevención de riesgos, tasación de bienes , etc).
     

Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC)

  • Las condiciones de la lista las establecen los artículos 340 y siguientes de la LEC.
  • Los peritos son nombrados por los órganos judiciales a petición de las partes que no tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.
  • El perito puede elegir el ámbito territorial donde quiere actuar, es decir, que puede elegir cualquiera de los partidos judiciales de Cataluña.
  • En estos supuestos el Departamento de Justicia no se hace cargo del pago de los peritajes, sino que corresponde a las partes.
     

Orden JUS419 / 2009, de 17 de septiembre (Orden)

  • Los peritos deben estar dispuestos a trabajar en los supuestos de peritajes acordados de oficio (también por el Ministerio Fiscal) y los pedidos de una banda que tiene reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.
  • Las minutas de los peritajes que se encargan a las condiciones de esta Orden van a cargo del Departamento de Justicia.
  • El perito debe elegir actuar como máximo en 2 de los ámbitos territoriales del Departamento de Justicia (Barcelona ciudad y L'Hospitalet, Barcelona comarcas, Girona, Tarragona, Lleida y Tierras del Ebro), pero teniendo en cuenta que, en estos efectos, Barcelona ciudad y Barcelona comarcas cuentan como un único ámbito, y Tarragona y Tierras del Ebro, también). La elección de un determinado ámbito indica que el perito está dispuesto a trabajar a los partidos judiciales que forman parte.
     

Pagos a cargo del Departamento de Justicia

  • En cuanto a los honorarios, hay que tener en cuenta que la Orden JUS / 419/2009 regula en el anexo la tabla de precios de honorarios periciales según el objeto del dictamen, y, en el artículo 6, el pago de los peritajes. En este sentido cabe destacar que el Departamento de Justicia no abonará en ningún caso provisiones de fondos a los peritos designados, y que en determinados supuestos puede autorizar el pago de peritajes la minuta supere las cantidades fijadas en el anexo (artículo 6.e, trámite de la previsión de coste).
  • El perito tiene un plazo máximo de 3 meses para iniciar la tramitación del pago desde la entrega del dictamen pericial al órgano judicial (no cabe esperar que el procedimiento judicial termine). Sin embargo, en caso de que se supere este plazo, el perito debe esperar que el procedimiento finalice mediante resolución firme, para poder reclamar, en su caso, el pago al Departamento de Justicia.
  • Nuevo trámite electrónico solicitud pago peritajes judiciales

Si tienes dudas consulta estos documentos: