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Reforma fiscal de las Sociedades Civiles Profesionales o Particulares

A partir del 1 de enero de 2016, todas las Sociedades Civiles Profesionales (SCP) o Comunidades de Bienes (CB) con objeto mercantil, es decir, que lleven a cabo una actividad (excepto las acogidas a la agricultura, ganadería o pesca y las patrimoniales) pasarán a tributar por el Impuesto de Sociedades al tipo fijo del 25%.

Esta reforma implica:

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